BASES POR LAS SE RIGE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LOS GALARDONES NUEVAS POBLACIONES AL MÉRITO CARLOTEÑO 2026 QUE CONCEDE EL AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA.

 

Que los “Galardones Nuevas Poblaciones al Mérito Carloteño 2026”, distinguirán a vecinos, colectivos, entidades o empresas del municipio de La Carlota que por su buen hacer y trabajo, hayan desempeñado sus iniciativas en el ámbito del asociacionismo, compromiso social y voluntariado, emprendimiento, cultura, ciencia y tecnología, deporte, inclusión, igualdad y diferentes capacidades. Estos galardones reconocerán la trayectoria y el esfuerzo de aquellos que por su dedicación en su trabajo y su implicación personal, pongan de manifiesto su compromiso en distintos ámbitos de la sociedad carloteña.

 

 

Que dicho reconocimiento a las personas y entidades galardonadas se realizará en el marco de las actividades previstas en Mercado Colono del Siglo XVIII.

 

En el ejercicio de las competencias atribuidas por el Art. 4, 21S), 25 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

 

PRIMERO. – Aprobar la presente convocatoria que ha de regir la selección de los galardonados, en la forma y condiciones que se detallan en las presentes bases”, conforme a siguiente tenor:

 

“BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LOS GALARDONES NUEVAS POBLACIONES AL MÉRITO CARLOTEÑO 2026 DEL AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

El Ayuntamiento de La Carlota, en virtud de las competencias que le atribuyen los artículos 4 y 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, tiene entre sus fines promover el reconocimiento público a quienes hayan contribuido al bienestar, progreso y proyección del municipio.

Mediante la presente convocatoria, se regula el procedimiento para la presentación, evaluación y concesión de dichas distinciones, en cumplimiento de los principios de publicidad, objetividad, mérito, participación ciudadana, igualdad y transparencia, que serán recurrentes anualmente en el marco de la celebración de actividad de referencia de la conmemoración del origen del municipio de La Carlota: el Mercado Colono del siglo XVIII.

 

BASES

 

  1. OBJETO Y FINALIDAD

Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento administrativo para la concesión de los Galardones Nuevas Poblaciones al Mérito Carloteño correspondientes al año 2026.

La finalidad de estas distinciones es la de reconocer públicamente ‘a quienes hacen grande La Carlota: personas físicas, jurídicas o colectivos que, por su labor en distintos ámbitos de la vida social, económica, deportiva, cultural o institucional, hayan contribuido de forma significativa al desarrollo, mejora o proyección de La Carlota, o representen un ejemplo de dedicación a los valores fundacionales del municipio.

 

  1. MODALIDADES DE DISTINCIÓN

Las distinciones se concederán, con carácter anual, en las siguientes seis modalidades:

 

  1. Galardón Nuevas Poblaciones al Mérito Carloteño en el Ámbito Social

Para personas, colectivos o entidades que hayan destacado por su labor en favor de la cohesión social, la convivencia ciudadana, la inclusión, la solidaridad o la defensa de los derechos sociales dentro del municipio. Este galardón reconoce el compromiso humano y el impacto positivo en la calidad de vida del pueblo de La Carlota.

 

  1. Galardón Nuevas Poblaciones al Mérito Carloteño en el Ámbito Cultural

Destinado a personas o entidades que hayan promovido de forma significativa la educación, la creación artística, la difusión de la cultura local, la preservación del patrimonio histórico o el fomento de las tradiciones populares de La Carlota y sus aldeas. Este galardón honra a quienes cultivan y enriquecen la identidad cultural carloteña.

 

  1. Galardón Nuevas Poblaciones al Mérito Carloteño en el Ámbito Económico y Empresarial

Dirigido a personas emprendedoras, entidades o empresas que hayan contribuido de manera destacada al desarrollo económico del municipio, mediante la creación de empleo, la innovación, el impulso al emprendimiento local, o la sostenibilidad del tejido productivo. Este reconocimiento pone en valor el esfuerzo, la iniciativa y el compromiso con el progreso de La Carlota.

 

  1. Galardón Nuevas Poblaciones al Mérito Carloteño en el Ámbito Deportivo

Destinado a deportistas o clubes deportivos que hayan demostrado una trayectoria destacada, logros relevantes, o una aportación significativa al deporte base, inclusivo o de formación en el municipio. Este galardón reconoce el esfuerzo, la disciplina y la capacidad de inspirar a través del deporte.

 

  1. Galardón Nuevas Poblaciones al Mérito Carloteño a la Proyección Exterior

Para aquellas personas, colectivos o entidades que, con su actividad profesional, artística, científica o institucional, hayan contribuido a difundir una imagen positiva de La Carlota más allá de sus fronteras, ya sea a nivel regional, nacional o internacional. Este galardón reconoce a quienes llevan el nombre del municipio con orgullo y prestigio allá donde van.

 

  1. Galardón Nuevas Poblaciones al Mérito Carloteño a la Trayectoria Ejemplar

Concedido a personas que, a lo largo de su vida, hayan demostrado una dedicación continuada y generosa al municipio, en cualquier ámbito de la vida pública o social. Este reconocimiento pone en valor el compromiso personal con La Carlota, destacando una vida de entrega, valores y contribución desinteresada a al municipio.

 

  1. REQUISITOS PARA SER PROPUESTO/A

Podrán ser propuestos a recibir las distinciones quienes cumplan los siguientes requisitos:

 

  1. Personas físicas:
  • Haber nacido en La Carlota o estar empadronado/a en el municipio al menos con diez años de antelación a la fecha de concesión de las distinciones (es decir, estar empadronado/a antes del 26 de junio de 2016).
  • No ser miembro en ejercicio de la Corporación Municipal, salvo casos excepcionales y previa aprobación unánime del órgano de resolución.

 

  1. Personas jurídicas o colectivos:
  • Tener sede social o delegación en La Carlota.
  • Acreditar una actividad continuada (más diez años) en el municipio que guarde relación directa con la modalidad a la que se opta.

 

  1. PROPUESTA DE LAS CANDIDATURAS

Las propuestas de candidatura podrán ser formuladas por:

  • Instituciones, asociaciones o fundaciones (dadas de alta en el Registro Municipal de Asociaciones y clubes de La Carlota) con personalidad jurídica y actividad demostrable en La Carlota.
  • Ciudadanía individual, siempre que la propuesta esté respaldada por la firma de, al menos, el 2% de las personas empadronadas en el municipio, tomando como referencia el último dato oficial de población publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que actualmente asciende a 14.520 habitantes (2025). Las firmas deberán aportarse junto con la solicitud.
  • El propio Ayuntamiento, mediante propuesta de Alcaldía o la concejalía de Participación Ciudadana.

 

  1. PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

 

5.1. Plazo y forma de presentación

El plazo de presentación de candidaturas será de siete días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de La Carlota (www.lacarlota.es).

 

Las propuestas podrán presentarse:

  • En el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas (Avda. Carlos III, 50).
  • En la sede electrónica municipal (www.lacarlota.es).

5.2. Documentación requerida

Las candidaturas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

  • Instancia general normalizada (ANEXO I).
  • Memoria justificativa, donde se detallen los méritos del candidato/a y la vinculación con la modalidad solicitada.
  • Currículum vitae, historial o relación de actividades destacadas.
  • Copia del DNI (personas físicas) o del CIF (personas jurídicas).
  • Documentación acreditativa (resoluciones, reconocimientos, recortes de prensa, informes técnicos, etc.).
  • En caso de propuesta ciudadana, las hojas con el 2% del último dato de población del INE del municipio: siendo 14.520 habitantes (INE 2025), se requieren mínimo 290 firmas.

 

  • INSTRUCCIÓN

La instrucción del procedimiento será competencia de la concejalía de Participación Ciudadana, que elaborará un expediente para cada candidatura, clasificándolas por modalidad y verificando el cumplimiento de los requisitos.

 

 

  1. VALORACIÓN Y SELECCIÓN

 

7.1 Se constituirá una Comisión de Valoración integrada por la Concejala Delegada de Participación Ciudadana, que ostentará la Presidencia; por el Presidente del Consejo de Participación Ciudadana, que actuará como Secretario; por tres vocales, el Director Técnico de Cultura, el Gestor de Centros Deportivos de Deportes, y el Presidente de la Asociación de Empresarios de La Carlota; y por personal técnico municipal: el Agente Desarrollo Local, el Ingeniero/a de Caminos de Urbanismo, la Técnica de Medio Ambiente y la Técnica de  Orientación Laboral de Bienestar.

 

Esta comisión será la encargada de evaluar las candidaturas de acuerdo con los siguientes criterios:

 

  • Impacto y relevancia de las acciones o logros del candidato/a, especialmente en relación con el desarrollo y bienestar del municipio.
  • Grado de vinculación y arraigo con La Carlota, considerando su integración y compromiso con la vecindad.
  • Valor ejemplarizante de la trayectoria, destacando el impacto positivo y las buenas prácticas desarrolladas por el candidato/a en su entorno.
  • Alineación con los valores fundacionales de La Carlota, promoviendo iniciativas que reflejen y refuercen los principios y la identidad del municipio.
  • Capacidad de contribuir a la proyección externa de La Carlota, mejorando su imagen y posicionamiento ante otros territorios y actores.
  • El Sistema de Valoración de las Candidaturas

 

La Comisión de Valoración evaluará las propuestas presentadas en cada una de las modalidades establecidas, aplicando un sistema de puntuación descendente: la candidatura mejor valorada recibirá la mayor puntuación y las siguientes, cada posición inferior obtiene menos puntos que la anterior.

 

Tabla de Valoraciones:

 

  • Se asignarán puntaciones a todos los candidatos/as.
  • Las puntuaciones serán con diferencia de 2 puntos, excepto el 1º más valorado que será de 3 puntos la diferencia con respecto al segundo.
  • Ejemplo: en caso de recibir 4 candidaturas para una de las modalidades

Puntos de Mayor a Menor: de 9 a 2 ptos:

1º — 9 puntos

2º — 6 puntos

3º — 4 puntos

4º — 2  puntos

 

*En caso de Empate se volverá a puntuar entre los que tengan igual puntuación máxima.

 

7.2       La decisión adoptada se elevará por el Órgano Instructor a la Alcaldía para que emita la correspondiente Resolución, como acto definitivo de concesión.

 

  1. ENTREGA DE DISTINCIONES

Los “Galardones Nuevas Poblaciones al Mérito Carloteño” serán entregados en un acto institucional solemne el día 26 de junio de 2026, con presencia de la Corporación Municipal, representantes de colectivos ciudadanos y familiares de las personas galardonadas, en el marco de la Celebración del Mercado Colono del siglo XVIII, actividad conmemorativa de la fundación de La Carlota bajo el Fuero de las Nuevas Poblaciones.

La entrega de medallas no conlleva dotación económica ni supone derecho subjetivo a futuras distinciones. Estas distinciones son de honor y carácter simbólico, y podrán hacerse constar en la hoja de servicios o currículum del galardonado/a.

 

  1. PUBLICIDAD Y EFECTOS

El acuerdo de concesión y la resolución correspondiente serán publicados:

  • En el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de La Carlota.

 

  1. INCOMPATIBILIDADES

 

  • No se podrá conceder más de una distinción por modalidad en la misma edición.
  • No podrá concederse distinción a una persona o entidad que haya sido galardonada en la misma modalidad en la convocatoria inmediatamente anterior.
  • No podrán concederse distinciones a personas incursas en causas judiciales abiertas por corrupción o delitos contra la administración pública.

 

  1. REVOCACIÓN DE LAS DISTINCIONES

El Pleno de la Corporación podrá revocar el galardón previamente otorgado si desaparecieran los méritos y circunstancias que motivaron su concesión.

La revocación del Galardón otorgado tendrá lugar previo expediente que será tramitado con las mismas características y garantías que para la concesión de dichas distinciones honoríficas.

Podrá ser revocado por petición escrita del beneficiario en la que exprese su renuncia a seguir disfrutando de tal distinción otorgada por el Ayuntamiento de La Carlota.

El acuerdo de revocación se anotará en la hoja abierta a nombre del distinguido haciendo constar la fecha del acuerdo del Pleno de la Corporación por el que fue revocada la distinción.”

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en la Sede Electrónica, momento a partir del cual comenzará el plazo de solicitud recogido en la presente convocatoria.

 

TERCERO.- Dar cuenta del presente acuerdo al Pleno.

 

Lo manda y firma el Sr. Alcalde/Presidente, y por la Secretaria Accidental se toma razón para su transcripción en el Libro de Resoluciones a los efectos de garantizar su integridad y autenticidad (art. 3.2 R.D 128/2018 de 16 de marzo)

En La Carlota (firma y fecha digital)

 

El Alcalde                                                              El Secretario Accidental

Fdo: Antonio Granados Miranda                                Fdo.: Miguel Ángel Campos Luque