El plazo de solicitud es hasta el 29 de noviembre / La presentación de la documentación es exclusivamente vía telemática
- La cuantía destinada a esta convocatoria es de 80.000.000 euros, con cargo al presupuesto de 2020. La subvención consistirá en una cuantía de 1.000 euros.
- El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones reguladas en el Decreto-ley 29/2020, de 17 de noviembre, será de 10 días naturales desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
- Las solicitudes y la documentación anexa de las subvenciones reguladas en el Decreto-ley 29/2020, de 17 de noviembre, se presentarán única y exclusivamente de forma telemática, de acuerdo con la obligación impuesta por el artículo 12.2 de la Ley 3/2018, de 8 de mayo, Andaluza de Fomento del Emprendimiento, y conforme a lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el modelo que estará disponible en la oficina virtual de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de trabajo autónomo, a la que se accederá a través del catálogo de procedimientos administrativos disponible en: https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/ procedimientos/detalle/23922/como-solicitar.html
- El formulario para la solicitud estará disponible en la oficina virtual de la Consejería que tenga atribuida las competencias en materia de trabajo autónomo, a la que se podrá acceder a través del siguiente enlace https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/ procedimientos/detalle/23922/datos-basicos.html o a través del catálogo de procedimientos administrativos disponible en https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/ procedimientos.html